INSPECCIÓN TÉCNICA DE CONSTRUCCIONES
Ficha Técnica
Antigüedad: 40 años Periodicidad: cada 10 años Fecha de implantación: 29/04/2008 Rango según población: R II (100.000-200.000) Formato de ITE: Informe Profesionales habilitados: Técnicos competentes según L.O.E
Información de interés
- Dirigida al ciudadano
QUÉ ES LA ITC?
La ITC es una inspección obligatoria y periódica que deben pasar todas
las construcciones de LEÓN de más de 40 años con el fin de garantizar su
SEGURIDAD y SALUBRIDAD. La norma municipal que regula la ITC es la
Ordenanza Municipal Reguladora de la Inspección Técnica de
Construcciones.
Las sucesivas inspecciones se realizarán cada 10 años.
CUÁLES SON LAS VENTAJAS DE PASAR LA ITC?
- La ITC revaloriza y alarga la vida de su edificio.
- Le ayuda a mantener su edificio en óptimas condiciones de seguridad.
- Evita daños materiales y riesgos físicos para las personas.
- Si va a comprar o vender una vivienda, la inscripción del edificio en
el Registro de la ITC acredita su seguridad estructural y salubridad
.Los Bancos y Aseguradoras podrán exigirla para la formalización de
préstamos y seguros.
CUÁLES SON LAS CONSECUENCIAS DE UN INFORME DESFAVORABLE?
Las consecuencias del informe desfavorable se regulan en el artº 8 de
la Ordenanza, estableciendo la obligación de la propiedad de solicitar y
obtener la 8 licencia municipal y, en su caso, las oportunas
autorizaciones sectoriales para proceder a la ejecución de las obras
indicadas en el informe, en los plazos que en este se determinen, lo que
se acreditará, una vez finalizadas las obras, con el correspondiente
CERTIFICADO FINAL DE LAS OBRAS emitido por el/los técnico/s director/es,
en el caso de Obras Mayores(con intervención estructural) Cuando se
trate de Obras Menores (sin intervención estructural) se presentará un
CERTIFICADO DE IDONEIDAD emitido por técnico competente.
Cuando las obras a realizar no tengan el carácter de urgentes, el plazo
para presentar la correspondiente solicitud de licencia de obras en el
Ayuntamiento será de 3 meses.
Si del informe resultase la necesidad de acometer medidas inmediatas de
seguridad por peligro inminente, se deberán realizar en el plazo
previsto en este.
La subsanación de las deficiencias observadas se hará constar, en todo caso, en el Registro de ITC.
- Dirigida al profesional
CÓMO SE REALIZA LA ITC?
Los impresos pueden ser cumplimentados a máquina o a mano, con
mayúsculas tipo imprenta. También podrá rellenarlo electrónicamente
descargándose el impreso de la página Web www.aytoleon.es , sección de Urbanismo, ITC.
Una vez cumplimentados preséntelos en el Registro General del Ayuntamiento de León.
QUÉ DOCUMENTACIÓN HAY QUE PRESENTAR?
- SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE ITC, debidamente firmada y
cumplimentada por la propiedad del inmueble según modelo oficial.
Se presentará tanto en el caso de Dictamen favorable como desfavorable.
En el primer caso solo una vez y acompañada del Certificado e Informe
.En el segundo caso se presentará dos veces, una inicial acompañada del
Certificado e Informe y otra final una vez terminadas las obras y
acompañada del Certificado de Idoneidad o Final de las obras para su
inscripción definitiva.
El nº de copias será de 2: una para el Servicio ITC y otra para el
solicitante que le será devuelta en el momento de la presentación en el
Registro General.
- CERTIFICADO E INFORMES DE LA ITC debidamente cubiertos por el técnico
y con conocimiento del propietario según modelos oficiales y en su
color.
- PLANO PARCELARIO DEL EMPLAZAMIENTO :a escala gráfica mínima de 1:1000
y en formato DIN-A4,donde se delimiten gráficamente tanto los límites
de la parcela como el conjunto de las edificaciones/construcciones y/o
plantas bajo rasante que hayan sido inspeccionadas.
- REPORTAJE FOTOGRÁFICO del exterior y del interior del edificio/s con leyendas explicativas.
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