itc León

 ¿Qué es la Inspección Técnica de Construcciones (ITC)?

La ITC es una inspección obligatoria y periódica que deben pasar todas las construcciones de LEÓN de más de 40 años con el fin de garantizar su SEGURIDAD y SALUBRIDAD. La norma municipal que regula la ITC es la Ordenanza Municipal Reguladora de la Inspección Técnica de Construcciones.

Ventajas de pasar la ITC

  • LA ITC revaloriza y alarga la vida de su edificio.
  • Le ayuda a mantener su edificio en óptimas condiciones de seguridad.
  • Evita daños materiales y riesgos físicos para las personas.
  • Si va a comprar ó vender una vivienda, la inscripción del edificio en el Registro de la ITC acredita su seguridad estructural y salubridad. Los Bancos y Aseguradoras podrán exigirla para la formalización de préstamos y seguros.

¿Es obligatoria?

Si. Todos los propietarios de cualquier tipo de edificio (viviendas, oficinas, comercios, naves...)mayor de 40 años, tiene la obligación de cumplir la ITC. En el caso de Comunidades de Propietarios, el deber recae en la propia Comunidad. Su incumplimiento conlleva la imposición de sanciones y la adopción de medidas de ejecución sustitutorias mediante las cuales el Ayuntamiento realizaría la ITC, pasando después el cobro a la propiedad.

¿Cuándo se ha de pasar la inspección?

Dependiendo del año en que se construyó el edificio, del tipo y de la zona urbana en que se encuentre y siempre que tenga mas de 40 años, el Ayuntamiento publicará al final de cada año un Padrón de aquellos edificios que estén sujetos a la inspección en el año siguiente.

Esta deberá realizarse dentro de éste último año y la documentación deberá presentarse antes del 31 de enero del año siguiente a éste.

Una vez presentada la primera inspección las siguientes inspecciones deberán realizarse de nuevo cada 10 años.

¿Cómo se pasa la inspección?

Los propietarios deberán encargar la Inspección a un profesional competente en ejercicio, colegiado en el correspondiente Colegio Profesional y cualificado de acuerdo con los requisitos de la Ordenanza.

Estos profesionales revisarán el edificio y:

- Si el edificio está en buen estado suscribirán un Certificado de la visita realizada y un informe favorable de la ITC, señalando que, en su opinión, es una construcción segura.

- En el caso de que los inspectores detecten deficiencias o daños que impliquen un resultado desfavorable de la inspección, el profesional emitirá un Certificado y un informe desfavorable con la toma de conocimiento del propietario, el cual deberá llevar a cabo las reparaciones oportunas solicitando previamente en un plazo máximo de 3 meses la licencia municipal de obras correspondiente.

En el caso de que no se presentase la licencia se dictaría la correspondiente orden de ejecución, El incumplimiento de la misma daria lugar a la imposición de sanciones o a la ejecución sustitutoria de la obras.

Una vez finalizadas las obras, el técnico responsable de la inspección hará una nueva visita, y si los daños se han reparado satisfactoriamente, emitirá un certificado final favorable.

¿Como se tramita?

El Certificado y el informe de la Inspección Técnica favorable ó desfavorable, serán redactados por el profesional que haya realizado la Inspección, quien los visará en su correspondiente Colegio Profesional. Cuando los documentos estén ya visados, el propietario del inmueble ó un representante de la Comunidad deberán recogerlos en el Colegio Profesional, tomar conocimiento de las recomendaciones del técnico y presentarlos en el Ayuntamiento solicitando que la construcción sea inscrita en el Registro de Inspecciones Técnicas de Construcciones.

¿Cuánto cuesta?

La ITC no es un impuesto municipal ni hay que pagar nada al Ayuntamiento para tramitarla. Se trata de una revisión profesional del edificio, por lo que el propietario o la Comunidad en su caso, deberán acordar los honorarios con el técnico que contrate para realizar dicha inspección. Teniendo en cuenta que el coste de la ITC varía en función de la superficie, antigüedad, altura, uso y estructura del inmueble, algunos Colegios Profesionales han convenido con el Ayuntamiento unos honorarios para la ejecución sustitutoria que pueden servir de orientación a los profesionales y a todos los ciudadanos.

En caso de existir deficiencias en el edificio, los honorarios de la intervención del profesional contratado variarán en función de la cantidad de obras que sean necesarias para garantizar la seguridad del edificio.

Subvenciones y ayudas.

Si el edificio estuviera en mal estado, las obras que fuera necesario realizar tendrán bonificación en Tasa y en el Impuesto de Construcciones y podrán también optar a recibir las subvenciones públicas y ayudas que se establezcan. La cuantía de estas últimas dependerá de la zona de ubicación del inmueble, del presupuesto de las obras, del nivel de ingresos de los propietarios y del grado de protección del inmueble.

En este sentido se están desarrollando planes de ayudas económicas que establecerán los requisitos para acceder a ellas.

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